Editorial del 30 de noviembre de 2020

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado un primer paso para investigar si el Consejo General del Poder Judicial discriminó por razón de género a la magistrada Pilar Alonso, al no elegirla para presidir el Tribunal Superior de Justicia de Murcia cuando ella tenía más méritos y mejor nota en todos los indicadores.

La magistrada Alonso superaba a Pascual del Riquelme, el juez que finalmente fue nombrado, en todos los requisitos objetivos: ella contaba con 31 años de servicio activo frente a los 22 de él; ella llevaba 23 años en la Audiencia Provincial de Murcia, mientras que él estaba en un juzgado; en el escalafón de la carrera judicial, la jueza Alonso tenía el número 280 y Riquelme el 1.440.

Es un bonito ejemplo para que se esfuercen intelectualmente aquellos que cuando se habla de discriminación positiva se oponen diciendo que es una humillación, que lo bueno son los méritos, como si todos los hombres nombrados los tuvieran siempre.

Pues bien, la jueza tenía todos los méritos pero ya ven que no fue suficiente. Igual jugó menos a golf o tuvo pocas cenas de esas en que se decide el futuro, igual estaba muy ocupada en su trabajo y desestimó esa forma tan testosteronica y habitual de subir en el escalafón.

No es casualidad que España sea el tercer país de la Unión Europea con menos presencia de mujeres en el Tribunal Supremo, aunque son mayoría en la carrera hace tiempo. No hace falta que les recuerde esa foto anual del poder judicial, más parecida a un sínodo de obispos que a la cumbre de un poder del Estado del siglo.

Vamos a hablar de puñetas y de puñetera falta de paridad en la Justicia. ¿Cuáles son los criterios que se usan y cuáles debieran? Y vamos a plantearlo, desde luego, más allá del género. Porque igual descubrimos que también hay clasismo y otras consideraciones ajenas por completo a los méritos y el trabajo realizado.

Nos lo preguntaremos en compañía de Juan Manuel De Prada, Elisa Beni y Arantxa Tirado.


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