Editorial del 17 de marzo de 2015

La Sala de lo Penal del Supremo ha enmendado la plana a la Audiencia Nacional y ha condenado a tres años de cárcel a 8 de las personas que en Junio del 2011 asediaron a miembros del Parlamento de Cataluña.

Seguro que todos recuerdan aquellas imágenes de diputados catalanes, Artur Más incluido, con dificultades para acceder a la Cámara parlamentaria. Por situar los hechos, recordemos que eran tiempos previos al impulso del soberanismo, cuando la opinión pública aún no había sido neutralizada por él, y manifestaba su opinión –a veces con modos excesivos- ante los contundentes recortes sociales del gobierno de Más.

La sentencia absolutoria de la Audiencia Nacional dejó escrito que cuando “la sociedad tiene gran dificultad para hacerse oír, hay que admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión”. Esa idea fuerza es la que hoy ha corregido el Supremo severamente, al recordar que atentar contra las instituciones del Estado es un delito grave.

Resulta sorprendente que salga más caro zarandear el coche de un diputado que, pongamos, matar a alguien en un paso cebra. Todos tenemos en mente homicidios imprudentes en la carretera que han acabado con poco más de 2 años de condena. Parece que algo no cuadra. Bueno sí, lo explica un juez del Supremo con su voto particular en contra de lo que han decidido sus compañeros. Dice Perfecto Andrés que tras la sentencia hay “connotaciones políticas muy intensas”. Pues eso.


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