Editorial del 6 de febrero de 2015

¿De qué sirven los pactos anti yihadistas, si los tribunales de justicia siguen tragando, por ejemplo, con el pretexto de la libertad religiosa para autorizar el burka en nuestro espacio público?

De los polvos de aquella sentencia incomprensible del Tribunal Supremo Español hace ahora 2 años, estos lodos de hoy del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Este Tribunal ha anulado hoy dos artículos de la ordenanza de civismo del Ayuntamiento de Reus, que prohibía ir con el rostro cubierto en los espacios públicos.

Esa ordenanza fue aprobada por una coalición municipal formada por Convergentes y populares, y prohibía expresamente vestir burka o cualquier velo integral. Apelaron a criterios de seguridad, probablemente para esquinar otra sentencia, la del Supremo, que hace 2 años apeló nada menos que a la “libertad religiosa” para desactivar otra ordenanza parecida del ayuntamiento de Lleida.

Ya dijimos entonces que el Supremo, se permitió incluso esgrimir que España, a diferencia de Francia, no tiene el laicismo entre sus objetivos constitucionales”. Se empieza por no defender la dignidad de las mujeres, convertidas en bultos andantes, y se acaba por aceptar que un precepto de pura dominación que no tiene nada que ver con el Islam, se considere “libertad religiosa”.

Una vergüenza. Una cobardía.


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