Editorial del 2 de julio de 2014

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo se ha pronunciado esta mañana sobre la demanda interpuesta por una francesa de origen paquistaní, que pretendía defender bajo el paraguas de los derechos humanos el suyo a ir cubierta con el burka.

Recordemos que la Asamblea francesa prohibió el velo integral en todo el espacio público francés, incluida la calle, a finales del 2010 por mayoría aplastante.

Pues bien, el tribunal Europeo de Estrasburgo considera -y solo faltaría que no lo hubiera hecho- que las autoridades francesas tienen derecho a conocer la identidad de los ciudadanos por razones de seguridad y, lo que es más interesante, considera un objetivo legítimo el de “preservar las condiciones de vida en común”. Entre esas condiciones está la de que las mujeres no sean bultos textiles andantes, sometidas a unos principios que no tienen nada de religiosos y que son puro sometimiento.

Bérgica, Luxemburgo, Reino Unido y Francia son los únicos países que han legislado contra el velo integral que usan algunas mujeres musulmanas. De España solo podemos recordar la bochornosa sentencia del Tribunal Supremo que desautorizó a los 6 ayuntamientos catalanes que prohibieron en sus ordenanzas el velo islámico integral. A ver si aprenden.


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