Editorial del 4 de octubre de 2012

Los 8 imputados por organizar el 25 S no solo no han cometido ningún delito según la Justicia, sino que ésta se ha visto obligada a recordar una obviedad, “que no se puede prohibir la defensa de ideas o doctrinas, aunque pongan en cuestión el marco constitucional”.

El juez Santiago Pedraz afirma también que la convocatoria de la manifestación no supone ninguna comisión de delito y que la policía exageró para conseguir la apertura de una causa penal, del todo inexistente.

Ningún manifestante accedió al Congreso, la sesión parlamentaria fue aquel día larga y se desarrolló con total normalidad, de modo que el delito contra las instituciones del Estado no pudo cometerse en modo alguno. La respuesta del Ministro del interior ha sido que si la sesión parlamentaria pudo celebrarse es porque la policía impidió las intenciones delictivas de los manifestantes. Esa es una opinión que prejuzga hechos que no ocurrieron.

Es opinable que el ministro del interior pueda decir tal cosa, lo que es seguro y no está sujeto a consideración, es que la justicia juzga no prejuzga. Y actúa sobre hechos, no sobre suposiciones. O sea, que el juez ha dejado hoy con las vergüenzas al aire a unos cuantos.


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